"La planeación tributaria no es evadir impuestos: es hacer un uso riguroso y transparente de todos los alivios, deducciones y rentas exentas que el Congreso y el Estatuto Tributario han creado para beneficiar a las personas naturales y familias en Colombia."
1. Deducción por Dependientes Económicos (Hasta 4 Personas)
La Ley 2277 de 2022 introdujo un beneficio muy favorable: además de la deducción general del 10% de los ingresos brutos por dependientes (hasta 32 UVT mensuales), se permite una deducción adicional de 72 UVT anuales ($3.585.500 COP) por cada dependiente económico, hasta un tope de 4 dependientes.
- Hijos del contribuyente menores de 18 años.
- Hijos entre 18 y 23 años que se encuentren estudiando en instituciones de educación superior acreditadas.
- Hijos mayores de 18 años en condición de discapacidad física o mental certificada.
- Cónyuge, compañero permanente o padres que dependan económicamente del contribuyente por ausencia de ingresos.
2. Medicina Prepagada y Planes Complementarios de Salud
Los pagos efectuados por contratos de medicina prepagada, seguros de salud o planes complementarios de salud celebrados con entidades vigiladas por la Superintendencia Nacional de Salud son deducibles hasta por 16 UVT mensuales ($796.784 COP al mes).
Este beneficio cubre tanto los pagos realizados para el contribuyente como para su cónyuge e hijos.
3. Intereses de Crédito de Vivienda y Leasing Habitacional
Si estás pagando un crédito hipotecario o leasing habitacional destinado a la adquisición de tu vivienda de habitación, puedes deducir la totalidad de los intereses pagados durante el año 2025, hasta un límite máximo de 1.200 UVT anuales ($59.758.800 COP al año).
4. Renta Exenta del 25% Laboral y Deducción del 1% por Factura Electrónica
Todos los trabajadores asalariados y quienes perciben rentas de trabajo tienen derecho a una exención automática del 25% sobre el valor neto de sus ingresos laborales, limitada a 790 UVT anuales.
Adicionalmente, puedes deducir el 1% de todas tus compras personales realizadas en 2025 que hayan sido soportadas con Factura Electrónica de Venta pagadas mediante medios electrónicos (tarjeta de débito, crédito o transferencia), sin importar que no tengan relación de causalidad con tu actividad productiva (hasta un tope de 240 UVT).
ℹ️Límite Conjunto de Deducciones
La suma total de deducciones y rentas exentas no puede superar el 40% de tus ingresos netos, ni exceder las 1.340 UVT anuales ($66.730.000 COP).
Fuentes Oficiales y Normatividad
Fundamento legal y normativo de este artículo
Artículos 336 y 387 del Estatuto Tributario modificados por la Ley 2277
Crea la deducción de 72 UVT por dependiente (hasta 4) y la deducción del 1% por compras con factura electrónica.
Artículo 206 Numeral 10 y Artículo 119 del Estatuto Tributario
Regula la renta exenta del 25% y la deducción de intereses por crédito de vivienda.
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